Subvenciones al plan Moves III en País Vasco: trámites necesarios

El Gobierno ha decidido extender la duración de las ayudas para la movilidad eléctrica del Plan Moves III hasta el 31 de diciembre de 2024, prolongando así su vigencia durante unos meses adicionales.

Programa de ayudas a la movilidad eléctrica en el País Vasco

Las ayudas del plan Moves III continúan con retrasos en la mayor parte de las comunidades autónomas. El Gobierno vasco ha reconocido que se están produciendo demoras en la tramitación de las ayudas debido a la gran cantidad de solicitudes recibidas, casi 4.000 expedientes.

¿Qué es el Plan Moves III?

El Plan Moves III es un programa de incentivos de compra de vehículos eléctricos e instalación de puntos de recarga, gestionado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). Cada Comunidad Autónoma publica y gestiona sus convocatorias de ayudas Moves III.

Requisitos para solicitar ayudas para el Plan Moves 3 en el País Vasco

La Comunidad Autónoma del País Vasco, en colaboración con el plan Moves III, convoca dos programas de incentivos:

  1. Programa de incentivos 1: fomento de adquisición de vehículos eléctricos.
  2. Programa de incentivos 2: apoyo al despliegue de infraestructura de recarga.

Cómo solicitar las ayudas del Plan Moves III en el País Vasco

Para solicitar las ayudas del plan Moves III en el País Vasco se puede hacer o bien de manera presencial o electrónicamente:

  1. Rellenar los apartados correspondientes y las declaraciones responsables.
  2. Adjuntar los documentos.
  3. Firmar la solicitud.
  4. Enviar la solicitud y los documentos.

Documentación para solicitar las ayudas del Plan Moves III en el País Vasco

La documentación necesaria para solicitar las ayudas del plan Moves III en el País Vasco para la adquisición de coches eléctricos es:

  • Fotocopia del DNI, para los ciudadanos españoles, o de documento equivalente que acredite la identidad de los extranjeros y en el que figure el NIE, de la persona física titular del establecimiento o de la tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de la persona jurídica, así como, en ambos casos, de su representante.
  • Las personas jurídicas, públicas o privadas, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, además de lo establecido en el apartado anterior, deberán aportar documentación acreditativa de las facultades de representación de la persona que formule la solicitud de ayuda como representante de las mismas, debidamente inscrita, en su caso, en los registros públicos correspondientes.
  • En el caso de una entidad vinculada o dependiente del sector público, deberá presentar una declaración responsable donde acredite su adscripción, especificando si se refiere a la Administración General del Estado, a una comunidad autónoma o a una entidad local, y donde declare si desarrolla actividad económica por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado.
  • Si se trata de profesionales autónomos, además deberá aportarse certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores o el Certificado de Situación Censal, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, así como declaración responsable relativa al Reglamento de minimis.
  • En el caso de empresas, declaración responsable en la que figure la condición de Pequeña, Mediana o Gran Empresa, según la definición recogida en el Anexo I del Reglamento UE 651/2014, de 17 de junio de 2014, o en su caso, si se trata de una entidad sin actividad económica por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado.
  • Documentación que acredite encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

¿Cuánto puedo conseguir?

La cuantía de las ayudas del programa Moves III en el País Vasco varían en función de si se es:

  • Un particular, recibe ayuda para un vehículo por convocatoria.
  • Una comunidad de propietarios o administración: 50 vehículos/año.
  • Un autónomo, la máxima ayuda que puede recibir la establece el Reglamento de minimis.

Cuantía de las ayudas del plan Moves III en el País Vasco para la adquisición de vehículos eléctricos

   
Monitorización   
   
Categoría   
   
Autonomía (km)   
   
Límite precio venta vehículo (€)   

Ayuda

Sin achatarramiento
   
Con achatarramiento   
   
Pila de   Combustible (FCV,FCHV)   
   
Turismos
   
(M1)   
   
–   
   
–   
   
4.500   
   
7.000   
   
PHEV, REEV, BEV   
   
Mayor o igual de 30 y menor de 90   
   
45.000 (53.000 para vehículos BEV de 8 o 9 plazas)   
   
2.500   
   
5.000   
   
Mayor o igual de 90   
   
4.500   
   
7.000   
   
PHEV, REEV, BEV, Pila combustible (FCV,FCHV)   
   
Furgonetas (M1)   
   
Mayor o igual de 30   
   
–   

7.000
   
9.000   
   
BEV   
   
Cuadriciclos ligeros (L6e)   
   
   
   
1.400   
   
1.600   
   
Cuadriciclos pesados (L7e)   
   
1.800   
   
2.000   
   
Motocicletas L3e, L4e, L5e, con P> 3 kW   
   
Mayor o igual de 70   
   
10.000   
   
1.100   
   
1.300   

Cuantía de las ayudas del plan Moves III en el País Vasco para la instalación de puntos de recarga

   
   
   
Ayuda (% Coste subvencionable)   
   
Cuantía máxima   
   
Localización General   
   
Municipios < 500    Habitantes*   
   
Particulares   
   
70 %   
   
80 %   
   
5.000 euros por expediente   
   
Autónomos   
   
80 %   
   
Límite establecido por el reglamento de minimis. No podrá   exceder los 200.000 euros   
   
80 %   
   
Administración sin actividad económica   
   
70 %   
   
80 %   
   
800.000 euros/expediente   
   
Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga   acceso público y P > 50 kW   
   
35 % Gran empresa
   
45 % Mediana empresa
   
55 % Pequeña empresa   
   
40 % Gran empresa
   
50 % Mediana empresa
   
60 % Pequeña empresa   
   
30 %   
   
Motocicletas L3e, L4e, L5e, con P> 3 kW   
   
Mayor o igual de 70   
   
10.000   

¿Hasta cuándo están disponibles las ayudas del Plan Moves III?

Las ayudas se podrán tramitar hasta el 31 de diciembre de 2024.

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Referencias