Derechos de los consumidores a la hora de cambiarse de compañía de luz o gas

¿Existe penalización al cambiarse de compañía de luz o gas?

Las subidas y bajadas del mercado energético generan cierta incertidumbre entre los consumidores, que en un momento dado optan por cambiarse de tarifa, ¿es tan fácil como parece? La realidad es que sí, aunque algunos contratos de mercado libre pueden incluir una cláusula de penalización, pero no pueden impedir al cliente cambiarse de tarifa.

¿Cuáles son los derechos del cliente?

Los consumidores eléctricos tienen los siguientes derechos, en relación con el suministro:

  • Elegir libremente cualquier comercializadora.
  • Elegir libremente modalidad de contratación: mercado libre o regulado.
  • Cambiar de comercializadora sin coste.
  • Recibir información clara, comprensible y transparente de su comercializadora.
  • Tener a su disposición los datos de su consumo.
  • Recibir la factura en papel.
  • Poder escoger la forma de pago.
  • Decidir entre alquilar el contador o adquirirlo.
  • Disponer de un teléfono gratuito de atención al cliente.

¿Qué pasa si no pagas una factura de luz y te cambias de compañía?

El cambio de titularidad del contrato de luz o gas no se puede realizar teniendo deudas pendientes con la compañía. Primero se han de saldar los pagos pendientes antes de cambiarse de compañía.

¿Puede prescribir una deuda de luz?

Las deudas de electricidad pueden prescribir, pero no eliminarse por completo. Es decir, la entidad o la parte a la que se le debe dinero no puede pedirle a la otra parte la subsanación de la misma, por lo que la deuda sigue existiendo.

Para que una deuda prescriba, se tienen que dar las siguientes condiciones:

  • La compañía no reclame la deuda, ni mediante correo postal ni judicialmente.
  • El deudor no reconocerá la deuda como suya, ni activa ni pasivamente.

Cuando ambas condiciones se suceden, que la comercializadora no reclame el pago ni el deudor lo abone, este puede prescribir. Sin embargo, la ley es algo ambigua en este caso. Algunas sentencias dictaminan que, pasados los tres años, la deuda prescribe; mientras que otros marcan un plazo de cinco años.

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¿Cómo saber si tengo permanencia en mi contrato de la luz?

En los contratos de luz debe venir explicado si hay permanencia de luz, en caso de no quedar claro, habrá que ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente para resolver la duda. Y más en fechas previas al vencimiento del contrato.

Las cláusulas de permanencia en la contratación de luz y gas son completamente legales, aunque deben estar sujetas a una serie de limitaciones:

  • El contrato de permanencia nunca deberá tener un plazo superior a un año.
  • En caso de incumplimiento, la penalización no podrá superar el 5 % del precio total de la factura anual.

¿Qué pasa si no se paga la penalización por permanencia?

Si se opta por no pagar la penalización por permanencia, la compañía eléctrica podrá enviar recordatorios y requerimientos de pago, y en última instancia podrían acudir a los tribunales para exigir el pago de la deuda.

Por lo que es importante cumplir con los términos y condiciones del contrato de luz firmado. En caso de tener dificultades para hacer frente a los pagos, lo mejor es contactar con la compañía eléctrica para intentar negociar una solución que permita cumplir con las obligaciones.

¿Cómo cambiar de compañía de luz?

Una vez que se toma la decisión de cambiarse de compañía de luz, se deberán seguir los siguientes pasos:

  1. Ponerse en contacto con la nueva comercializadora de luz para comunicar la decisión.
  2. Informarle de la potencia que se tenga contratada, y en caso de querer modificarla, comunicarlo también.
  3. Especificar el tipo de tarifa de luz que se quiere contratar.
  4. Facilitar la documentación necesaria: datos personales, código CUPS, DNI, domicilio, número de cuenta bancaria y teléfono de contacto.
  5. Firmar el contrato y dar el consentimiento, vía telefónica u online.

Cambiarse de compañía de luz es un trámite sencillo que se puede hacer:

  • Por la página web de la comercializadora.
  • Por teléfono.
  • A través de la aplicación móvil de la página.
  • Acudiendo a alguna de sus oficinas físicas.
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Contacto para reclamar una factura de luz por compañía

Compañía Teléfono Correo electrónico
   
TotalEnergies   
   
900 907 000   
   
atcliente@totalenergies.com   
   
Endesa   
   
800 760 909   
   
atencionalcliente@endesaonline.com   
   
Iberdrola   
   
900 225 235   
   
clientes@iberdrola.es   
   
Naturgy   
   
900 100 251   
   
servicioatencioncliente@naturgy.com   
   
Repsol   
   
900 118 866   
   
gestion.clientes@repsolluzygas.com   
   
Holaluz   
   
900 649 292   
   
clientes@holaluz.com   

¿Cuántas veces se puede cambiar de comercializadora?

No existe un número limitado de veces para cambiarse de comercializadora de luz, sin embargo, hay que tener en cuenta que no haya permanencia ni deudas pendientes, para realizar el cambio.


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