Plan Moves III Andalucía

El Gobierno ha decidido extender la duración de las ayudas para la movilidad eléctrica del Plan Moves III hasta el 31 de julio de 2024, prolongando así su vigencia por seis meses adicionales.

Uno de los programas más recientes y prometedores es el Plan Moves III, el cual ha sido diseñado para incentivar la transición hacia una movilidad más sostenible.

En este artículo, exploraremos en detalle el Plan Moves III en Andalucía, sus objetivos, beneficios y cómo los ciudadanos pueden aprovecharlo para contribuir al cuidado del medioambiente y al ahorro económico.

Plan Moves III: visión general

El Plan Moves III es la tercera edición del programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible en España. Este plan está respaldado por fondos del Gobierno Central, las Comunidades Autónomas y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Su objetivo principal es fomentar la adopción de vehículos de energías alternativas y la instalación de infraestructura de carga para vehículos eléctricos.

El programa busca abordar desafíos como la contaminación del aire, la dependencia de los combustibles fósiles y la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

Detalles del Plan Moves en Andalucía

En el contexto de Andalucía, el Plan Moves III presenta una serie de incentivos y beneficios para los ciudadanos que opten por adoptar vehículos eléctricos y otras formas de movilidad sostenible:

  • Incentivos a la compra y renting de vehículos: el programa ofrece subvenciones para la adquisición directa o a través de renting de vehículos nuevos eléctricos puros, híbridos enchufables o eléctricos de autonomía extendida, así como vehículos eléctricos de células de combustible. Estas subvenciones pueden hacer que el coste de un vehículo eléctrico sea más asequible y competitivo en comparación con los vehículos convencionales.
  • Apoyo a la adquisición de infraestructuras de recarga: el Plan Moves III también ofrece ayudas para la adquisición de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, lo que facilita la recarga y fomenta la confianza en la movilidad eléctrica.

Incentivos a la compra y renting de vehículos

Se incluyen turismos, furgonetas, motocicletas y cuadriciclos, de los siguientes tipos:

  • Vehículos Híbridos Enchufables (PHEV)
  • Eléctricos de autonomía extendida (EREV)
  • Eléctricos puros (EV)
  • Vehículo eléctrico de células de combustible (FCV): Pila de combustible

Requisitos para poder beneficiarse de la ayuda

  • Tener domicilio fiscal en España.
  • Tener la residencia habitual (ciudadanos) o centro de actividad (autónomos y empresas) dentro de la comunidad andaluza.

Importe del incentivo

En el caso de los vehículos, la ayuda será una cuantía fija en función de la categoría de vehículo. Esta cifra podría aumentar si se retira un vehículo con una antigüedad superior a 7 años. Además, exclusivamente para personas físicas, se añadirá un 10% extra si se cumplen las siguientes condiciones:

  • El automóvil está destinado para uso como taxi o vehículo de transporte con conductor (VTC).
  • La persona demuestra tener limitaciones de movilidad y el vehículo es adaptado para su conducción.
  • Se puede demostrar que la persona está registrada como residente en un municipio andaluz con menos de 5.000 habitantes.

En el caso de empresas y entidades públicas involucradas en actividades económicas en el mercado, se aplicará un límite en las ayudas en cumplimiento con las normativas de la Unión Europea (Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión Europea).

Particulares, autónomos, entidades públicas que no ejercen actividad económica en el mercado

Motorización Categoría Autonomía (km) Límite precio venta vehículo (€) Incentivo
Sin achatarramiento Con achatarramiento
Pila combustible o
vehículo de hidrógeno
4.500 7.000
Eléctricos puros o híbridos enchufables Turismos Mayor o igual de 30 y menos de 90 km 45.000 € (53.000 € para vehículos BEV de 8 o 9 plazas) 2.500 5.000
Mayor o igual de 90 km 4.500 7.000
Eléctricos híbridos enchufables y pila combustible Furgonetas Mayor o igual de 30 km 7.000 9.000
Eléctricos puros Cuadriciclo ligero 1.400 1.600
Cuadriciclo pesado 1.800 2.000
Motos, con P ≥ 3 kW Mayor o igual de 70 km 10.000 1.100 1.300

Empresas y entidades públicas que ejercen actividad económica en el mercado

Motorización Categoría Autonomía (km) Límite precio venta vehículo (€) Incentivo sin achatarramiento Con achatarramiento
PYME Gran empresa PYME Gran empresa
Pila combustible o vehículo de hidrógeno 2.900 2.200 4.000 3.000
Eléctricos puros o híbridos enchufables Turismos Mayor o igual de 30 y menos de 90 km 45.000 € (53.000 € para vehículos BEV de 8 o 9 plazas) 1.700 1.600 2.300 2.200
Mayor o igual de 90 km 2.900 2.200 4.000 3.000
Eléctricos híbridos enchufables y pila combustible Furgonetas Mayor o igual de 30 km 3.600 2.900 5.000 4.000
Eléctricos puros Cuadriciclo ligero 800 1.000
Cuadriciclo pesado 1.200 1.500
Motos, con P ≥ 3 kW Mayor o igual de 70 km 10.000 750 700 950 900

Apoyo a la adquisición de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos

Requisitos

  • Tener domicilio fiscal en España.
  • Tener la residencia habitual (ciudadanos) o centro de actividad (autónomos y empresas) dentro de la comunidad andaluza.

Importe del incentivo

Tipo de beneficiario Localización general Municipios <5.000 hab.
Particulares, autónomos, administración sin actividad económica en el mercado 70% 80%
Empresas, acceso público y Potencia ≥ 50kW 35%
(45% Mediana empresa)
(55% Pequeña empresa)
40%
(50% Mediana empresa)
(60% Pequeña empresa)
Empresas, acceso público y Potencia P <50kW o de acceso privado 30% 40%

¿Hasta cuándo se pueden presentar las solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 31 de julio de 2024 o agotamiento de los fondos.

¿Cómo se gestionan las solicitudes?

Como ha ocurrido en las ediciones anteriores, se mantiene el modelo de gestión telemática a través de las empresas adheridas, excepto en el caso de las instituciones locales y del sector público, que presentarán sus solicitudes directamente, sin que en la tramitación intervengan empresas adheridas.

¿Qué debe contener la factura para que sea válida en Moves III?

Fecha de la factura

Si eres particular, autónomo o parte de una entidad administrativa, la factura de compra del vehículo debe reflejar una fecha posterior al 9 de abril de 2021. Para otros destinatarios, la fecha de la factura debe ser posterior a la fecha en que se presenta la solicitud.

Detalles de la factura

La factura de compra debe incluir información importante sobre el vehículo, como la matrícula o número de bastidor, la marca, el modelo y la versión. Además, el fabricante o vendedor del vehículo debe aplicar un descuento de al menos 1.000 euros en las categorías M1 y N1 antes de agregar el IVA o IGIC.

Si vas a pedir ayuda a través del programa MOVES III y compras un vehículo que cumple con los requisitos, asegúrate de que el concesionario incluya un descuento de al menos 1.000 euros en la factura como parte del «Programa MOVES III».

Documentos que prueben el pago

Estos documentos deben mostrar claramente quién es el destinatario final del dinero (tú), quién recibió el dinero (el vendedor o concesionario) y la fecha en que se realizó el pago.

También debe quedar claro qué vehículo se compró. Si estás considerando un contrato de renting, el documento debe incluir información sobre la empresa de arrendamiento.

Si sigues estos pasos y cumples con los requisitos, podrás solicitar la ayuda del «Programa MOVES III» al comprar tu vehículo. Asegúrate de mantener los documentos necesarios para respaldar tu solicitud.

El Plan Moves III en Andalucía representa un paso importante hacia la movilidad sostenible y la reducción de la huella ambiental en la región.