Impulsando la movilidad sostenible en Castilla La Mancha: Detalles del Plan Moves III

En el contexto de la lucha contra el cambio climático y la transición hacia un modelo más sostenible, el Plan Moves III se presenta como una iniciativa clave para fomentar la movilidad eléctrica en Castilla La Mancha.

Este programa, enmarcado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo y financiado por la Unión Europea a través de NextGenerationEU, tiene como objetivo principal incentivar la adquisición de vehículos eléctricos y la expansión de la infraestructura de recarga en la región.

Presupuesto y financiamiento aplicados al plan

El respaldo económico del Plan Moves III se encuentra detallado en el Real Decreto 266/2021. Inicialmente concebido con un presupuesto de 400 millones de euros, el Plan Moves III ha experimentado una expansión notable, elevando su financiamiento a los 1.200 millones de euros.

La escalada del presupuesto demuestra el compromiso con la transición hacia la movilidad sostenible a nivel nacional y una clara intención de acelerar la adopción de vehículos eléctricos y promover el desarrollo de infraestructuras de recarga en Castilla La Mancha.

La implementación efectiva del plan implica la transferencia de fondos a las comunidades autónomas. En este contexto, un total de 876 millones de euros ya han sido entregados a las administraciones, otorgándoles la responsabilidad de llevar a cabo la distribución final de los fondos. Esta descentralización financiera busca adaptarse a las necesidades específicas de cada región, promoviendo así una ejecución eficiente.

Es relevante destacar que esta inyección económica no solo se destina a la adquisición de vehículos eléctricos, sino que también respalda la expansión y fortalecimiento de la infraestructura de recarga en toda la región para consolidar la infraestructura necesaria para una movilidad eléctrica sostenible.

Cuantía para la adquisición de vehículos eléctricos

Monitorización Categoría Autonomía (km) Límite precio venta vehículo (€) Ayuda
Sin achatarramiento Con achatarramiento
Pila de Combustible (FCV,FCHV) Turismos 4.500 7.000
PHEV, REEV, BEV (M1) Mayor o igual de 30 y menor de 90 45.000 (53.000 para vehículos BEV de 8 o 9 plazas) 2.500 5.000
Mayor o igual de 90 4.500 7.000
PHEV, REEV, BEV, Pila combustible (FCV,FCHV) Furgonetas (M1) Mayor o igual de 30 7.000 9.000
BEV Cuadriciclos ligeros (L6e) 1.400 1.600
Cuadriciclos pesados (L7e) 1.800 2.000
Motocicletas L3e, L4e, L5e, con P> 3 kW Mayor o igual de 70 10.000 1.100 1.300

Cuantía para la instalación de puntos de recarga



Ayuda (% Coste subvencionable) Cuantía máxima
Localización General Municipios < 500 Habitantes*
Particulares 70 % 80 % 5.000 euros por expediente
Autónomos 70 % 80 % Límite establecido por el reglamento de minimis. No podrá exceder los 200.000 euros.
Administración sin actividad económica 70 % 80 % 800.000 euros/expediente
Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga o acceso público con P > 50 kW 35 % Gran empresa
45 % Mediana empresa
55 % Pequeña empresa
40 % Gran empresa
50 % Mediana empresa
60 % Pequeña empresa
Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga o acceso público con P < 50 kW 30% 40%

Modificaciones y recomendaciones

El marco de concesión de estas ayudas se ha fortalecido mediante modificaciones posteriores, reflejadas en el Real Decreto 406/2023 de mayo y el Real Decreto 821/2023 de noviembre.

Estas modificaciones responden a recomendaciones del Grupo de Trabajo de Infraestructuras de Recarga del Vehículo Eléctrico (GTIRVE), que incluyen el aumento del límite de vehículos apoyados para solicitudes de empresas o entidades con flotas, la inclusión de vehículos seminuevos y la ampliación de la antigüedad de los vehículos de demostración.

Principales características del programa

Bases reguladoras

Las bases reguladoras del Plan Moves III se rigen por el Real Decreto 266/2021 y sus modificaciones posteriores. El programa busca impulsar la movilidad eléctrica, centrando sus acciones en la adquisición de vehículos eléctricos y la implantación de infraestructuras de recarga.

Incompatibilidades

Estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, ya sean de administraciones públicas o entidades privadas, nacionales o internacionales.

Actuaciones elegibles

La adquisición de vehículos eléctricos está permitida sólo bajo las siguientes condiciones:

  • Categorías Incentivables: M1 (turismos), N1 (furgonetas), L3e, L4e, L5e (motocicletas eléctricas) y L6e, L7e (cuadriciclos eléctricos).
  • También se subvenciona la adquisición de vehículos de hasta 9 meses de antigüedad y la compra de hasta 30 vehículos «demo». A partir de junio de 2023, la antigüedad permitida se eleva a 12 meses y el límite por beneficiario se incrementa a 90 vehículos.
  • Se añaden vehículos seminuevos a partir de junio de 2023.

Por su parte, la implantación de infraestructura de recarga debe cumplir ciertas características:

  • Puede ser de acceso público o privado y destinarse a diversos usos, como residencial, empresarial, público en vías urbanas o interurbanas, y estaciones de servicio en carreteras.
  • A partir de 2024, las infraestructuras que permitan la transferencia de electricidad con una potencia ≤ 22 kW deben ser capaces de soportar funciones de recarga inteligente.

Cuantía de las ayudas

Las ayudas para la adquisición de vehículos varían según la tipología y el destinatario último. Para particulares, autónomos o administración, los montos pueden alcanzar hasta 7,000 € (9,000 con achatarramiento). Se prevén incrementos del 10% en casos específicos, como discapacidades, residentes en municipios pequeños y vehículos destinados a taxi o VTC.

En cuanto a la infraestructura de recarga, la ayuda puede llegar al 70% del coste subvencionable para particulares y autónomos, y hasta el 20% para empresas y entes públicos.

Límites y condiciones

Las condiciones aplicadas a la solicitud de este plan son las siguientes:

Límites de ayuda por tipo de destinatario último

  • Personas físicas con actividad económica (autónomos): Establecido por el Reglamento de minimis.
  • Personas físicas: 1 vehículo por destinatario último y convocatoria.
  • Comunidades de propietarios, empresas y entidades locales: Hasta 250 vehículos por destinatario último, convocatoria y año.

Régimen de concesión

  • Las ayudas se concederán de forma directa, conforme a la Ley General de Subvenciones y normativa europea aplicable.

Cofinanciación con fondos europeos

  • El presupuesto del programa puede ser financiado con el Mecanismo Europeo de Recuperación.

Periodo de elegibilidad de las actuaciones

  • Para la adquisición de vehículos, la fecha de factura debe ser posterior al 9 de abril de 2021.
  • Para la infraestructura de recarga, las fechas de contratos y facturas deben ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud.

Calendario

  • Plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de julio de 2024.

Proceso de solicitud para adquisición de vehículos eléctricos e implantación de infraestructura de recarga

1.    Accede a la sede electrónica

La solicitud de ayuda del Plan Moves III para la adquisición de vehículos eléctricos se realiza a través de la Sede Electrónica de la Consejería de Desarrollo Sostenible. Puedes acceder al servicio utilizando tu certificado digital o Clave de firma para garantizar la seguridad y autenticidad de la transacción.

También es posible presentar las solicitudes de forma personal en los lugares de presentación designados. Estos lugares incluyen las oficinas de correo en España, y los espacios diplomáticos y oficinas consulares de España en el extranjero.

2.    Plazo y lugares de presentación

El plazo para la presentación de solicitudes abarca desde el 15 de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023. Es esencial asegurarse de cumplir con los plazos y requisitos establecidos antes de iniciar el trámite.

La solicitud puede realizarse de manera presencial en los lugares designados o de forma online a través de la Sede Electrónica.

3.    Consideraciones previas

Antes de comenzar el trámite en línea, es fundamental verificar que cumples con los plazos y requisitos establecidos. Asimismo, prepara la documentación necesaria en formato electrónico para agilizar el proceso.

4.    Objetivo de la solicitud

La solicitud tiene como objetivo acceder a las ayudas públicas destinadas a la adquisición de vehículos eléctricos, en consonancia con el Real Decreto 266/2021. Estas ayudas están destinadas a profesionales autónomos, personas físicas mayores de edad con residencia fiscal en Castilla-La Mancha, comunidades de personas propietarias, personas jurídicas, entidades locales y organismos públicos vinculados a la Administración de la JCCM.

5.    Requisitos y criterios

Los requisitos esenciales y los criterios de evaluación se detallan en los apartados tercero y quinto de la convocatoria. La solicitud se rige por un régimen de concurrencia simplificada, asignando las ayudas por riguroso orden de entrada.

6.   Plazo de resolución y tasas

El plazo de resolución de las solicitudes es de 6 meses. Además, ten en cuenta que algunas solicitudes pueden requerir el pago de tasas, según lo establecido en el apartado sexto de la convocatoria.

7.    Documentación requerida

La documentación a aportar incluye copias del DNI, NIE o documento equivalente, NIF en caso de personas jurídicas, certificado de alta en el Censo de Empresarios para profesionales autónomos, entre otros documentos específicos según el caso. Asegúrate de reunir toda la documentación necesaria antes de iniciar el trámite.

Siguiendo estos pasos, podrás completar la solicitud de manera eficiente y asegurar que tu solicitud sea considerada para recibir las ayudas del Plan Moves III en el ámbito de la movilidad eléctrica en Castilla-La Mancha.

Conclusiones y perspectivas futuras

El Plan Moves III en Castilla La Mancha representa una oportunidad significativa para impulsar la movilidad sostenible en la región. Con una amplia gama de actuaciones subvencionables y montos considerables de ayuda, se espera fomentar la adopción de vehículos eléctricos y la instalación de infraestructuras de recarga.

La población, empresas y entidades locales deben estar atentas a las convocatorias específicas y cumplir con los requisitos establecidos para asegurar la elegibilidad de las ayudas. La movilidad sostenible es esencial para construir un futuro más limpio y respetuoso con el medio ambiente, y el Plan Moves III juega un papel clave en este proceso en Castilla La Mancha.

Si tienes más preguntas sobre este plan o cualquier subvención que pueda servirte, en el Buzón del Experto podrás encontrar respuestas. Escríbenos.